miércoles, 17 de junio de 2015

Amparos. Caso Achtig: "El Poder Ejecutivo Argentino debe indemnizar en Tiempo y Forma".

 


Lo dictaminó la Justicia Federal Civil, Contencioso y Administrativo Argentina respecto al Reclamo de las Hijas y la ultima pareja del Obrero Austriaco desaparecido; Wolfgang Achtig. La demanda impulsada en primera instancia por Sandra Edith Dabrowski, fue aceptada por la Justicia Jurisdiccional de su domicilio quien luego de resolver sobre la cuestión de fondo en tanto posibilidad del reclamo, remitió las actuaciones al fuero de la parte demandada; el Poder Ejecutivo Argentino.

El reclamo adquirió real dimensión cuando el juez federal de 1° instancia en lo contencioso y administrativo del domicilio de la demandante, resolvió que "El Poder Ejecutivo - Ministerio de Justicia  y Derechos Humanos de la Nación - debe indemnizar, en Tiempo y Forma..." en referencia a los hechos enumerados y constatados ante la Justicia. Para tales efectos debió acreditarse de carácter judicial las privaciones ilegales de la libertad del grupo familiar conviviente de Wolfgang Achitg, siendo esta su ultima pareja de nacionalidad paraguaya, su hija menor Andrea Achtig y sus hermanas por parte materna: Sandra, Mónica y Stella Maris quienes fueron incluidas en la demanda en razón de acreditar la guarda otorgada en 1977, previó a su desaparición, por el propio Wolfgang Achtig.

En tal sentido, se pudo ubicar y desclasificar los expedientes judiciales de las guardas correspondientes a las hermanas Sandra, Mónica y Stella Maris Dabrowski como también las causas correspondientes a los juicios sucesorios de Wolgang Achtig, rescatados de los respectivos Archivos Departamentales del Poder Judicial Argentino, previó a ser destruidos por orden de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.

Así mismo la Justicia en el día de la fecha recibió las informaciones faltantes a los fines de ampliar mediante Oficio Ampliatorio a otros causahabientes del detenido - desaparecido entre los que se encuentran su primer esposa  y su primer hijo.

Hoy nuestra Asociación fue notificada mediante nota de la decisión judicial de aprobar la Ampliación de las medidas ordenadas y la resolución que establece un tiempo limite de carácter urgente para que el Poder Ejecutivo Argentino resuelva en las actuaciones administrativas e indemnizatorias mencionadas.

Wolfgang Achtig, fue secuestrado de su hogar familiar en Septiembre de 1977 y desde entonces permanece detenido - desaparecido. De nacionalidad Austriaco, se naturalizó argentino, se desempeño como Obrero y delegado fabril hasta su secuestro. Fue militante del PRT - ERP y en particular de la JCR, organizaciones donde se lo conoció con el apodo de "Pancho". Su familia lo llamaba "Pepe". Según testimonios de sobrevivientes fue visto con vida en el Ex CCD "El Vesubio". Su ultima pareja y madre de su hija menor, Adelaida Gavilán, de nacionalidad paraguaya, exigió desde el día de su desaparición la aparición con vida del padre y tutor de todas sus hijas.

Porque somos los Hijos y las Hijas de quienes nunca pudieron Matar y los Nietos y Nietas de quienes nunca podrán callar.

Hijos por la Identidad  y la Justicia contra el Olvido y el Silencio
(H.I.J.O.S.) - Paraguay

domingo, 7 de junio de 2015

Carta al Compañero Osmar Martinez!! Por otro cumpleaños de Resistencia contra la Injusticia y la Impunidad!



Osmar, compañero, referente, hermano de luchas y resistencias. De sendero revolucionario, de ideales firmes, de convicciones cargadas de la mayor de las coherencias. Te escribimos porque no nos olvidamos, ni de voz, ni de ninguno de nuestros queridos compañeros y compañeras. No nos olvidamos de los barrotes de impunidad que te alejan del césped mojado. No nos olvidamos de los muros que te alejan de la sensación del rió. Ni tampoco nos olvidamos del sistema represivo que bajo acusaciones esgrimidas del Norte mas Norte vino a invadir tu horizonte de barrotes fríos y oxidados. De nublarte el azul del cielo.

Pero como no nos olvidamos de las razones de tu encierro por razones políticas, tampoco nos olvidamos de que hoy pese a todo; otra vez, de nuevo, como siempre, como los hubo y los habrá es otro de tus cumpleaños. Y los cumpleaños, compañero, hermano, son para festejarse aun en las situaciones mas ignominiosas, aun en las condiciones mas inhumanas o en las mas injustas, aun cuando se piense todo perdido.

Porque aun pese a todo lo obscuro de lo injusto queremos decirte Osmar, nosotros y nosotras; los y las Hijos e Hijas de quienes Nunca pudieron Matar y los Nietos y Nietas de quienes nunca podrán callar, que no nos olvidamos de vos. De tu lucha y de tus banderas. Y menos aun no nos olvidamos de tu encierro como tampoco desistimos al conformismo de una pena.

No perdonamos el sistema que te privó de oír los grillos por las noches o de las caricias de manos cuidadosas. No perdonamos a los Genocidas Stronistas que causaron un sin fin de políticas represivas en contra del conjunto del campo popular, de la rebeldía de los estudiantes, del grito campesino. No perdonamos al Poder Judicial cómplice de los intereses de los poderosos, a los beneficiarios civiles en lo político y en las corporaciones del encierro de decenas  de compañeros y compañeras o del asesinato cobarde de tantos otros que ante la represión mas desmedida deciden seguir levantando nuestras banderas.

Y decimos nuestras porque son nuestras. Las de quienes no olvidamos y no perdonamos. La de quienes tampoco nos reconciliamos.

No nos reconciliamos con las promesas de seudos progresistas, ni con los discursos de dirigentes que se hallan lejos del pueblo al que pregonan. No nos reconciliamos con mínimas conquistas o políticas a medias. Porque no elegimos “Verdades y Justicias” a medias.

Porque defendemos el ideal de la Igualdad Plena. De la Justicia de los oprimidos. De la Verdad de los humildes.

Sabemos  como la estas pasando. Por eso, en estos momentos, en estas horas de tu nuevo cumpleaños, te mandamos un abrazo enorme, de esos apretados de hermanos, y te  decimos que como cada mañana y cada noche; NO ESTAS SOLO. Nosotros y Nosotras NO TE OLVIDAMOS.


Feliz cumpleaños Compañero Osmar Martínez!!!!

 
¡¡¡Te deseamos tus hermanos y  hermanas; los compañeros de H.I.J.O.S.!!!

 
Hijos por la Identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio
(H.I.J.O.S.) – Regional Paraguay

viernes, 5 de junio de 2015

Solidaridad con los Medios Alternativos de Nuestro Pueblo. Basta de Persecucion a la Libertad de Expresión. Abrazamos a Nuestros Hermanos de "Voces Paraguay". Comunicado de H.I.J.O.S. Paraguay


Fuente: "Voces Paraguay"

COMUNICADO DE PRENSA - H.I.J.O.S. Regional Paraguay
 
Ante el inminente recrudecimiento del Accionar del Aparato Represivo en Paraguay contra los Medios de Comunicación Alternativos, la Prensa Libre e Independiente y la Comunicación Popular en su conjunto, la Asociación H.I.J.O.S. Paraguay repudia enérgicamente los Masivos y sistemáticos Atentados contra la Prensa Independiente por parte de sectores políticos ligados al gobierno de Horacio Cartes, quienes pretenden sembrar el terror en nuestra sociedad nuevamente como lo hicieron durante 35 años de Genocidio Stronista. Durante la dictadura iniciada en 1954 y finalizada en 1989, el Partido Colorado (Asociación Nacional Republicana) prohibió la libertad de expresión, cerró 85 medios oficiales y alternativos, nacionales, departamentales y locales y sometió a Obediencia Debida a otros 9 medios de alcance nacional. A 25 años de Democracia Exigimos al Gobierno de Horacio Cartes el Respeto Absoluto, la Seguridad Jurídica y el cese por parte de fuerzas de seguridad y grupos armados parapoliciales de la represión política que en las ultimas semanas se ha recrudecido brutalmente.
 
En nuestro país durante el GENOCIDIO se ha secuestrado y desaparecido 112 periodistas y comunicadores sociales. Nuestro organismo como tantos otros entre ellos Amnistía Internacional  ha denunciado al Estado Paraguayo por la persecución sin limites que ha incluido desde la destrucción de radio operadoras hasta el asesinato despiadado con claras connotaciones políticas a periodistas nacionales e internacionales, tal el caso de Pablo Medina.
 
La DEMOCRACIA no se construye con Violencia. Ni tampoco se escribe con Sangre.
 
H.I.J.O.S. Paraguay se solidariza con cada comunicador social de nuestro pueblo y convoca a un llamado nacional e internacional en favor de la Libertad de Prensa y de un BASTA a la Política de Persecución Política de los sectores del narco poder mas vinculados con el Stronismo.
 
No Olvidamos. No Perdonamos. No nos Reconciliamos.
 
BASTA de Atentados contra la Libertad de Prensa en Nuestro Pueblo!!!
 
Desmantelamiento del Aparato Represivo YA!!!
 
Hijos por la Identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio
(H.I.J.O.S.) - Regional Paraguay
 
 
 
 
 
COMPARTIMOS Y DIFUNDIMOS EL COMUNICADO DE  "VOCES PARAGUAY":
 
 
COMUNICADO DE PRENSA
 
ECRUDECEN ATAQUES A RADIOS COMUNITARIAS EN PARAGUAY
A LA OPINION PÚBLICA NACIONAL E INTERNACIONAL:
VOCES PARAGUAY DENUNCIA SISTEMATICO ATAQUE DEL GOBIERNO DEL PRESIDENTE HORACIO CARTESY LA CONATEL A LA LIBERTAD DE EXPRESION Y EL DERECHO A LA COMUNICACIÓN DE LAS RADIOS COMUNITARIAS.
 
Ayer 4 de Junio de 2015, el ente regulador de las telecomunicaciones Conatel acompañado de efectivos de las Fuerzas de Tareas Conjuntas, procedió al decomiso de equipos y cierre de las emisoras comunitarias KAAGUY POTY FM de la comunidad campesina Núcleo 3 del asentamiento Arroyito, y TAPE PYAHU FM de la localidad rural de Alfonso Kue, ambos del distrito de Horqueta, departamento de Concepción.
 
KAAGUY POTY FM es una emisora propiedad de la organización zonal de agricultores de Arroyito, ubicada en el epicentro del conflicto beligerante entre la Fuerza de Tareas Conjunta y supuestos grupos guerrilleros EPP y ACA, esta emisora cumple rol sumamente importante ya que es el único espacio de comunicación donde la población expresa sus angustias, temores, sobresaltos y acciones comunitarias. Mas de 5 años que la Radio presento toda la documentación exigida, sin que Conatel se expida hasta la fecha.
 
Una situación que demuestra total intencionalidad represiva y de amedrentamiento sucedió con la Radio TAPE PYAHU FM,perteneciente a la Organización Zonal de Agricultores Ecológicos (OZAE), ya que la Resolución 228/2011 del Directorio de Conatella autoriza emitir señal de radio.La rápida movilización de la población, con documentos en mano,obligaron a Conatel a la devolvieron de los equipos secuestrados.
Por su parte la radio comunitaria parroquial VIRGEN DE LA CANDELARIA FM de la ciudad de Capiata, departamento Central, viene soportando persecuciones de parte del ente regulador Conatel, denuncio su director, el sacerdote Pedro Velazco. VIRGEN DE LA CANDELARIA FM tiene autorización en la frecuencia 101.7 MHz, recientemente Conatel habilito otras dos emisoras dedicadas a difundir eventos artísticos musicales en la misma frecuencia y ciudad, dificultando los trabajos comunicacionales de la emisora denuncio el director, expresando que la comunidad capiateña esta alerta y movilizada.
 
Las Radios Comunitarias,Educativas, Ciudadanasson medios de comunicación pertenecientes a organizaciones sociales, gremiales, de desarrollo social, cultural, ambiental, cuyo objeto fundamental es el ejercicio del derecho a la comunicación,información y expresión de sectores sociales y populares, imprescindible para el desarrollo democrático del Paraguay.
Consideráramos preocupante que el ente regulador no se expide acerca de las solicitudes de autorización de uso del espectro radioeléctrico, y al mismo tiempo ejerce diversas medidas de presión sobre emisoras comunitarias comprometidas con las causas sociales, denunciandoirregularidades y actos de corrupción en sus respectivas comunidades.
 
POR LO TANTO, VOCES PARAGUAY MANIFIESTA:
 
1. Total solidaridad con los y las colegas, y sus organizaciones sociales.


 2. Denuncia falta de voluntad política del gobierno del Presidente Horacio Cartes de promover y defender el derecho a la comunicación, información y expresión de las radios comunitarias del Paraguay.

3. Demandar a Conatel la inmediata instalación de la mesa de dialogo para trámites burocráticos de acuerdo al compromiso asumido por el presidente y miembros del directorio durante la entrevista mantenida con miembros de nuestra organización el pasado 6/05/2015.

4. Instar a la ciudadanía en general, y las radios comunitarias, asociativas, populares, alternativas en particular, a denunciar atropellos del gobierno Cartes al pretender instalar el miedo en la sociedad, eliminar voces críticas y disidentes, uniformizar la comunicación e imponer el pensamiento único, la única voz como fuera “la voz del coloradismo”.

5. Solicitamos la solidaridad nacional e internacional a la causa delos derechos humanos, a la comunicación, expresión e información de las radios comunitarias en particular, arbitrando al gobierno Cartes y a Conatel a viabilizar el legítimo derecho del movimiento de las radios comunitarias.



Contactos:
Carlos Benítez (Coordinador Nacional) 0984 – 971945;
Alicia Stumpfs (Coordinadora Adjunta) 0985 – 770424
Rubén Ayala (Secretario de Relaciones) 0981 – 424818;
Alfredo Biedma G. (Secretario) 0981 - 751454

jueves, 21 de mayo de 2015

H.I.J.O.S. Paraguay realizó una nueva demanda ante un Juzgado Federal Argentino por los Delitos Sexuales cometidos contra una ex detenida como Delitos de Lesa Humanidad.

Foto: Portal de Noticias: INFOJUS.


PRENSA - H.I.J.O.S. Paraguay

La Asociación Civil H.I.J.O.S. Paraguay impulsó ante la Justicia Argentina una nueva demanda por Delitos Sexuales cometidos durante el accionar del Terrorismo de Estado y de la denominada "Operación  Cóndor".

JUSTICIA UNIVERSAL

El caso de M. B. fue impulsado por nuestro organismo ante la Justicia Federal en lo Criminal y Correccional Federal Argentina a los fines de se investigue el accionar genocida que la privó de su libertad entre 1878 y 1979 en circunstancias acreditadas sin que la victima fuese llevada a ningún centro clandestino de detención, tortura y exterminio.

A propósito de la denuncia, el Área de Asuntos Jurídicos de la Asociación supo interpretar mediante fallos jurisprudenciales en la materia, que "se entiende por Privación Ilegal de la Libertad cualquier circunstancia a través de la cual la victima estuviese privada de su libre ejercicio de decidir sobre sus actos y sobre su libre ejercicio real en tanto libertad de movimientos".

La denuncia que fue impulsada contó con la incorporación de casos jurisprudenciales internacionales como el emblemático "Caso Akayesu" del Tribunal Internacional Penal de Ruanda y algunas aristas planteadas por juristas del Tribunal Penal Internacional de Congo y Sierra Leona sobre el rol de la Violación en los Delitos de Lesa Humanidad. Desde la perspectiva jurídica internacionalista se permite observar en dicho caso - como en otros - que "la Violación representa la posesión absoluta del cuerpo de la victima", y "la destrucción parcial o total de la identidad individual de la victima y al mismo tiempo de la identidad social que representa la victima en su respectivo grupo social de pertenencia". Es decir al cometer dicho acto de Violación  hacia una sola victima se esta violando a todo un grupo social, mediante delito se pretende arraigar parcial o totalmente desde el sometimiento total del cuerpo de la victima.

Dentro de la denuncia se incluyeron otros casos como los reflejados por los organismos internacionales en torno al Caso "BOSNIA - HERZEGOVINA" en cuyo Conflicto Armado Interno se practicaron masivas violaciones y delitos sexuales contra cientos de mujeres Herzegovinas.

Desde el fallo "Akayesu" se permitió la óptica de que "el Delito de Violación en tanto representa el intento de destrucción de un cuerpo identitario representa en si mismo una Practica Social Genocida", por ende "la Violación en si misma se transforma en un GENOCIDIO". Dentro de los elementos teóricos y probatorios jurisprudenciales de convicción se suministraron decenas de reflexiones y análisis del Sociólogo argentino: Daniel Feierstein, especialista en Practicas Sociales Genocidas.

EL VALOR DE LA JURISPRUDENCIA DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

Dentro de la causa iniciada se refirieron a varios aspectos epistemológicos que surgen de los análisis pormenorizados de los hechos denunciados y su similitud con otros casos en torno a la Privación Ilegal de la Libertad entendida desde la óptica jurídica de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

La CIDH en su fallo del caso "Velázquez y Lapo Iñiguez Vs. Ecuador" refleja que la Privación Ilegal de la Libertad es muy amplia desde el accionar de un Estado para con la sociedad civil. Se entiende entonces, que la Privación Ilegal de la Libertad, no requiere el traslado de una persona a un centro clandestino de detención o un campo concentracionario sino que esta bien puede ocurrir en una vivienda o en cualquier lugar donde a la victima se a someta a no poder decidir sobre su libertad de movimiento.

JURISPRUDENCIA REGIONAL: EL CASO DE SARA FULVIA AYALA

H.I.J.O.S. Regional Paraguay ha presentado como prueba una vez mas el caso de la ciudadana paraguaya Sara Fulvia Ayala, victima del "Plan Cóndor", quien hasta la fecha se halla "desaparecida". Sara fue el primer caso a través del cual se indagó, imputó y procesó a responsables de delitos de lesa humanidad en Argentina por los agravantes referidos a los Delitos Sexuales que padeció la victima mientras se hallaba secuestrada junto a su esposo Pedro Crisolo Morel.

Con la certeza de que los Delitos Sexuales constituyen un carácter particular dentro de los Delitos de Lesa Humanidad y con la voluntad política e institucional de nuestro organismo impulsamos una nueva causa a los fines de juzgar y condenar a los responsables de todos los delitos de lesa humanidad

Porque los Delitos Sexuales en determinadas circunstancias deben ser considerados como lo que son: Delitos de Lesa Humanidad.



No Olvidamos. No Perdonamos. No nos Reconciliamos.

Hijos por la Identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio
(H.I.J.O.S.) - Regional Paraguay

sábado, 16 de mayo de 2015

H.I.J.O.S. Paraguay. El Compromiso Asumido. 12 de nuestros integrantes y otros 11 casos allegados inician Reclamos por Repaciones Economicas al Estado Argentino. El rol de Argentina en el "Plan Cóndor".

       La ultima presentación: Mónica, Daniela y Luis. El caso de Daniela y su hermano Matías, como el de su familia, cumplieron un rol jurisprudencial en materia de Leyes Reparatorias. Daniela hoy integra H.I.J.O.S. Paraguay
 
PRENSA - H.I.J.O.S. Regional Paraguay 

En las ultimas semanas 23 casos impulsados por nuestra institución solicitaron al Estado Argentino el efectivo cumplimiento acorde a su Legislación, la indemnización por Victimas del Terrorismo de Estado. Todos fueron Privados Ilegalmente de sus Libertades, la mayoría durante el accionar del denominado "Plan Cóndor". Algunas excepciones fueron trabajados por los equipos técnicos de la Asociación quienes enmarcaron dichas solicitudes en fallos internacionales jurisprudenciales de Derechos Humanos dictados a través de la Corte Interamericana de Derechos Humanos o enmarcados al ser los solicitantes herederos o causahabientes de detenidos - desaparecidos por el "Plan Cóndor".

12 de los 23 casos impulsados en las ultimas semanas corresponden a integrantes de nuestra Asociación. Entre esos casos, el de Daniela Soto, militante de H.I.J.O.S. Paraguay, marca un avance en el reclamo familiar de su caso siendo que desde hace meses el Poder Ejecutivo reconoció el derecho de su hermano menor: Matías Soto, a reclamar los daños y perjuicios ocasionados por el Terrorismo de Estado Argentino en relación con el Genocidio Stronista del Paraguay, a toda su familia y cuyos integrantes padecen hasta el día de la fecha las Lesiones previstas en el Art. 91 del Código Procesal Penal Argentino. El tío de Daniela y Matías, Edilberto, permanece hasta la fecha "desaparecido". Otro de sus tíos, Vidal Giménez, también se conformo en caso Jurisprudencial cuando el ACNUR (Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados) a través de un reclamo familiar acompañado por nuestro organismo reconoció que "su Exilio constituyó la consecuencia directa de las periódicas detenciones y persecuciones que sufrió Vidal Giménez y su familia en la Republica Argentina".

Otros 11 casos impulsados por nuestro organismo constituyen casos de ex detenidos - desaparecidos durante el accionar del "Plan Cóndor" siendo que en algunos de ellos las denuncias penales iniciadas ante el Poder Judicial Argentino por sus secuestros, también fueron impulsadas por nuestros organismo.

El Compromiso con la Verdad, la Memoria, la Igualdad y la Justicia.

No Olvidamos. No Perdonamos. No nos Reconciliamos.

Hijos por la Identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio
(H.I.J.O.S.) - Regional Paraguay

Leyes Reparatorias. Nuestro Organismo promueve Amparo al Gobierno Argentino por Mora e Incumplimiento en el "Caso Achtig"



PRENSA - H.I.J.O.S. Regional Paraguay

La Asociación H.I.J.O.S. Paraguay ha presentado en las ultimas semanas una serie de Recursos de Amparos ante la Justicia Federal en lo Contencioso y Administrativo Argentina por las Mora e Incumplimiento del Estado Argentino en la indemnización de los integrantes de una familia victima del Terrorismo de Estado y del "Plan Cóndor". En efecto, desde 2013, Adelaida Gavilán, natural de la Republica del Paraguay y todos sus hijos solicitaron los Beneficios Extraordinarios reparatorios en relación a las Privaciones Ilegales de las Libertades que sufrieron en Septiembre de 1977 en ocasión de ser secuestrado su pareja y padre de sus hijos: Wolfgang Achtig.

El reclamo fue encabezado por Sandra Dabrowski, militante de H.I.J.O.S. Paraguay, e hija de Adelaida Gavilán con su primer matrimonio y a quien Wolfgang Achtig le dio su apellido en ocasión de otorgarle el Estado en 1977 la tutela y guarda oficial de todos los hermanos Darbrowski; hijos de su ultima pareja y madre de su hija biológica: Bárbara Andrea.

Desde 2013 a pesar de contar con las denuncias ante la Ex CONADEP, las declaraciones testimoniales de la Sra. Adelaida Gavilán, y los certificados y expedientes de Tutela del Sr. Achtig, el Estado no ha realizado un solo dictamen con respecto a los expedientes de todo el grupo familiar.

A esa situación se le suma que desde nuestra institución se han promovido en carácter de reiterado dos Prontos Despachos en cada expediente administrativo de cada integrante del grupo familiar.

La Asociación ha concluido junto a los Defensores y el patrocinio de la familia que el Estado Argentino ha incurrido en Mora e Incumplimiento por parte de los distintos organismos que deben indemnizar a las victimas conforme tiempo y derecho. El Juzgado Federal interviniente deberá notificar en el plazo no máximo de 20 días al Estado Argentino a los fines de efectivizar el cumplimiento de las Leyes Reparatorias.

Desde H.I.J.O.S. Paraguay acompañamos de forma absoluta el justo reclamo de todos los integrantes de la familia de Wolfgang Achtig y como parte en los Amparos realizados, instamos al Estado Argentino a cumplir de forma inmediata con lo establecido en sus normas indemnizatorias.

Porque somos los Hijos de quienes nunca Pudieron Matar. Porque somos los Nietos de quienes nunca podrán callar.

No Olvidamos - No Perdonamos - No nos Reconciliamos.

Hijos por la Identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio
(H.I.J.O.S.) - Regional Paraguay

viernes, 10 de abril de 2015

Exilio. Un caso impulsado desde H.I.J.O.S. Paraguay define una nueva Jurisprudencia en Politicas Indemnizatorias.



Se trata de Vidal Gimenez, cuyo caso fue impulsado desde nuestro organismo desde 2014. Vidal solicitó hace años el Beneficio Extraordinario indemnizatorio de el, su esposa y sus dos hijas ante el Estado Argentino en razón de haber sido los 4 victimas del Exilio Forzoso. 


LA PERSECUCIÓN POLÍTICA

Vidal Gimenez fue integrante durante las décadas del 60 y 70 del Movimiento Villero Peronista (MVP) argentino. Durante dichas décadas integraba dicha organización política en las zonas marginales del Bajo Belgrano en la Ciudad de Buenos Aires y en barrios aledaños. Junto a la mayoría de los vecino de su barrio impulsaron reformas edilicias, asistencia primaria a la salud de los vecinos, la promoción y el ejercicio pleno de los derechos mas esenciales para todos los habitantes de esos barrios.

A partir de los fines de la decada del 60, junto a otros integrantes de su familia, Vidal sufrió decenas de detenciones constantes a causa de su militancia política y social.

Alertados por algunos contactos junto a su esposa Claudia decidieron solicitar en Buenos Aires el Asilo del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) quienes junto a sus dos hijas los hicieron, mediante salvoconducto, re ubicar en Suecia, donde ellos debieron residir hasta finalizada la dictadura militar.

Con parte de su familia en Paraguay y otra parte en Argentina, los destinos de la familia se vieron cercados por las dictaduras del "Plan Cóndor", viéndose obligados a vivir - al menos en el caso de sus hijas - el resto de su vida en Suecia alejados de sus raíces, su cultura y su historia. 

EL INICIO DEL RECLAMO

Luego del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la República Argentina en el caso "Vaca Narvaja y otros" donde se ordenó al Poder Ejecutivo indemnizar en carácter de "Reparación Histórica" a las victimas del exilio; cientos de casos de exiliados solicitaron el mismo beneficio extraordinario.

El Poder Ejecutivo ha indemnizado desde entonces decenas de cientos de casos. Uno de los primeros reclamos fue el de Vidal Gimenez y su familia. Aun así siendo uno de los primeros, los expedientes del grupo familiar fueron sujetos a "investigación documental" y casi rechazados. 

Por la demora de sus casos, la Secretaria de Derechos Humanos de la Provincia de Misiones: Amelia Baez de Escobar, presentó reiterados Prontos Despachos sin que estos sirvieran de efecto positivo al considerar el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación que al corresponder a dos ciudadanos paraguayos y sus respectivas hijas: "no se hallaba probado si el Asilo podía corresponder a persecuciones políticas originadas en la República del Paraguay y por ende dicho Estado debía hacerse responsable". A tal barbaridad - y pese a que dichos expedientes poseían los Certificados de ACNUR que acreditaban la veracidad de los hechos referidos, nuestro organismo presentó un escrito en 2014 con el que se ratificó la responsabilidad del Estado Argentino y en el que quedó acreditado el vinculo familiar entre la familia de exiliados con otros casos de privaciones ilegales de la libertad y desapariciones forzadas ocurridos en el marco del denominado "Plan Cóndor".

LAS OBLIGACIONES DE LOS ESTADOS

Los Estados Partes miembros de la Convención Interamericana de Derechos Humanos son igual de integrantes de la Convención Internacional para la Asistencia y Protección del Asilado y Refugiado Político. 
A partir de la reforma constitucional de 1994 la República Argentina asumió la plena vigencia y garantía de los Tratados y Convenciones Internacionales de las que se declaró miembro. Desde la presentación de nuestro organismo se realizó particular énfasis en el derecho de la familia a recibir el mismo beneficio.

El Exilio Político y Forzoso considerado como consecuencia del accionar directo del Terrorismo de Estado. Como consecuencia del accionar de un Plan Sistemático de Violaciones a los Derechos Humanos generado desde una Practica Social Genocida; desde un Genocidio.

Ningún Estado puede deslindarse de la responsabilidad en el caso de los Exiliados Políticos, perseguidos por el accionar político y represivo de esos Estados por cualquier razón de raza, sexo, ideología política, condición sexual, clase social, etnia o religión.

En 2014 en la presentación correspondiente al caso por parte de H.I.J.O.S. Paraguay se explicó que: "... si bien no existe norma nacional argentina que establezca el otorgamiento de un Beneficio Reparatorio, la Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia en el Caso Vaca Narvaja garantiza la legitimación de la solicitud de cualquier persona que debio Asilarse o Refugiarse por Razones Politicas como también la obligación del Estado Argentino en reparar el daño ocasionado por ser ese mismo Estado - a través de la interrupción de los poderes y el orden democrático durante la Dictadura Cívico Militar - a cada una de las personas que persiguió bajo riesgo inminente de perder su libertad o resultar asesinadas o desaparecidas ...". En idéntico sentido se expuso que: "El Exilio debe considerarse como una Privación Ilegal de la Libertad entendiendo que según la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Derecho a la Libertad se ejerce a partir de la plena libertad de las personas en su máxima condición humana en el decidir sobre sus propios movimientos bajo sus propias elecciones, decisiones, y necesidades naturales de la criatura humana. Desde dicha perspectiva el Exilio constituye en una Privación Ilegal de la Libertad siendo que las personas no pudieron decidir sobre sus movimientos, decisiones, elecciones y/o necesidades humanas básicas y debieron abandonar todo lo expuesto para la protección elemental del Derecho a la Vida, derecho que se hallaba vulnerado en razón de las persecuciones políticas constantes a las que se sometió a Vidal Gimenez, Maria Claudia Soto Monges y sus dos hijas".

LA PLENITUD DE LOS DERECHOS. JURISPRUDENCIA PREVISIONAL.

Bajo los mismos argumentos, desde nuestro organismo se acompañó a Vidal Gimenez en su solicitud de Pensión como Victima del Terrorismo de Estado.

Durante la solicitud del beneficio las autoridades competentes refirieron que el Beneficio debía ser solo para Presos Políticos, para lo que luego de la discusión con uno de los integrantes de nuestra institución se logró el inicio del Beneficio.

En el mismo sentido se afirmó la responsabilidad del Poder Ejecutivo Argentino  en la implementación de Politicas Reparatorias y en la garantía y obligación de ese Poder en indemnizar los daños y perjuicios sufridos por victimas del accionar del Terrorismo de Estado cualquiera fuese sus formas, sus expresiones, y la mecánica y metodología en la que vulneró los derechos humanos mas elementales de sus  habitantes y ciudadanos. 

LA IMPORTANCIA DEL TRABAJO INSTITUCIONAL DE H.I.J.O.S. PARAGUAY

Con Vidal Gimenez suman 89 los casos de Exiliados y Refugiados Políticos victimas de la represión política regional del "Plan Cóndor" asistidos y en cuyos casos hubo múltiples y diversos tipos de presentaciones por parte de la Asociación H.I.J.O.S. Paraguay.

Es el primer caso en cuyo grupo familiar accede así mismo a la tramitación de la Pensión por Victimas del Terrorismo de Estado, marcando una clara jurisprudencia para todos aquellos casos de Exiliados Politicos que no hayan sufrido de manera previa una privación ilegal de su libertad mediante un secuestro o que no sean familiares directos de un detenido - desaparecido.

NO OLVIDAMOS - NO PERDONAMOS - NO NOS RECONCILIAMOS

Hijos por la Identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio
(H.I.J.O.S.) - Regional Paraguay