jueves, 24 de diciembre de 2015

Amparos. El Caso Kiernan se suma a las presentaciones judiciales realizadas.



Con la modificatoria del Código Civil Argentino en plena vigencia, la Cámara Nacional en lo Contencioso y Administrativo Federal informó en las ultimas horas la continuidad de presentaciones realizadas desde el precedente que alcanzó el caso de Sandra Edith Dabrowski, relacionadas a Amparo por Mora e Incumplimiento de la Administración Publica.

En tal sentido, una nueva presentación por victimas de la represión argentina abre nuevamente el debate. Se trata del Amparo promovido por los hijos de dos sobrevivientes del campo de exterminio “El Vesubio” quienes acompañados por el Área Jurídicos de H.I.J.O.S. y a pedido de ellos se inició una nueva demanda contra el accionar de la Dirección Nacional de Gestión de Políticas Reparatorias.

En efecto y tal como la Cámara lo entendiese con el “Caso Dabrowski”, el organismo dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación ha incumplido con el deber de contestar favorablemente las presentaciones individuales de las victimas con sus respectivos patrocinios letrados, ha ignorado los numerosos pedidos de Prontos Despachos, ha incurrido en una Mora injustificada del otorgamiento de Beneficios Reparatorios por lapsos incluso de años, siendo en el caso de Luciano Kiernan retrasando el pago por mas de 4 años.

Así mismo, Malena Kiernan, hija de los ex detenidos Eduardo Jorge Kiernan y Ana Maria Di Salvo, informó que: “son beneficios que  incluso no ha llegado a cobrar en parte mi propia madre, y que como herederos debimos recurrir a la Justicia varias veces para que el Estado entendiese que nos correspondía. Aun así hace años retrasan injustificadamente el expediente, dándonos respuestas muy burdas como que los funcionarios están enfermos o llegan en horario tarde, entre otras”.

Por su parte integrantes del Ministerio Publico de la Defensa a cargo de la Dra. Stella Maris Martínez, informaron que “ven con absoluta preocupación el crecimiento de demandas contra el Estado por las Leyes Reparatorias, habiendo corroborado en varios casos que el incumplimiento y la mora es absolutamente injustificada”.

Por su parte en su fallo de 1º instancia en el “Caso Dabrowski”, el Dr. Juan Pablo Aughé, titular Juzgado Federal en lo Civil y Comercial de Lomas de Zamora informó que “surge de las presentes actuaciones la Mora indebida y el Incumplimiento injustificado… hechos en los que deberán entender de ahora en mas la Justicia en lo Contencioso y Administrativo Federal de la Capital Federal “… toda vez que el domicilio de la parte demandada, la Dirección Nacional de Gestión de Políticas Reparatorias de la Secretaria de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación constituye domicilio legal y real en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires…”

Por su parte en un informe del Defensor del Pueblo de la Nación, se pudo acreditar que dicho organismo coordinado por Claudia Verónica Giraudo, incurrió incluso en Daños y Perjuicios cuando a través de documentos públicos justificaba mediante informaciones falsas el retrasó indebido de dichos beneficios reparatorios. Así fue como un grupo de ex victimas encabezadas por Sandra Edith Dabrowski demandaron civilmente a la funcionaria y el organismo citado en concepto de Daños y Perjuicios.

Solo a través del Defensor del Pueblo, tal como informó el Área I de Derechos Humanos a cargo del Dr. Augusto Aguer, se contestaron de la misma forma 30 pedidos de requerimiento sobre presunto incumplimiento del Estado en Leyes Reparatorias. Las 30 personas – Victimas del Terrorismo de Estado – se organizaron en las oficinas del Defensor del Pueblo y decidieron utilizar dichas respuestas – conforme derecho – con el objetivo de demandar las irregularidades por parte del Estado.

La Justicia ya había referido en el “Caso Dabrowski” que “…es función y deber del Estado indemnizar en tiempo y forma la violación de derechos humanas perpetradas por funcionarios del propio Estado…” y recordó “… que el Estado se declara en rebelde cada vez que no responde a los Prontos Despachos e ignora o asume desconocer presentaciones  

No hay comentarios.:

Publicar un comentario