Hoja 1. Imagen de la Primer Foja de la Carta Documento remitida sobre el caso de Desaparición Forzada de Juan Bautista Britez Vera y las irregularidades denunciadas en torno al retraso e incumplimiento de beneficios reparatorios por mas de 20 años a los integrantes de su familia. Por el caso se realizaron otras 3 presentaciones al Poder Legislativo Argentino
Hoja 2. Imagen de la Primer Foja de la Carta Documento remitida sobre el caso de la Desaparición Forzada de Alejandro Miguel Martinez y Alicia Raquel D´Ambra. El documento refiere el carácter personal de un integrante de nuestro Consejo Directivo; Adrian Martinez Moreira, sobrino de los nombrados sobre las irregularidades, demoras e incumplimientos del rol y funciones del Poder Ejecutivo en torno a la Secretaria de Derechos Humanos de la Nación. Hubo otra presentación al Poder Legislativo y en el documento se afirma "de no existir respuesta la familia acudirá al Poder Judicial".
Hoja 3. Imagen de la Carta Documento remitida sobre los casos de Desaparición Forzada de Jorgelina Aquilina Avalos; Ana Maria Baravalle y Julio Cesar Galizzi.
La carta enumera graves irregularidades de personal de su organismo en referencia al manejo de documentación y abuso de funciones de integrantes de la Secretaria de Derechos Humanos de la Nación. En el documento recibido por la Secretaria se denuncia el grave hecho de que miembros de su personal jurídico firmaron en carácter de Coordinadores del Área Jurídica Nacional en dos causas sobre Violaciones a los Derechos Humanos. Otro hecho gravoso denunciado es la insinuación de integrantes de su organismo sobre la "falsedad" de declaraciones de Adriana Lilia Calvo de Laborde efectuadas ante Autoridades Alemanas y ante 3 Juzgados Nacionales Federales. Se comunico el inicio - inevitable - de instancias judiciales.
Nuestro Organismo ha remitido en fecha 26 de Agosto de 2014 3 Cartas al Sr. Secretario de Derechos Humanos argentino: Martin Fresneda, comunicándole en caracter de Organismo de Derechos Humanos el inicio de instancias judiciales a los fines de preservar el Derecho a la Verdad, a la Memoria, y a la Justicia.
En dichas cartas se expresa que queda a su conocimiento el accionar irregular de integrantes de su Secretaria en hechos enumerados en 3 documentos particulares en donde se plasma con documentación judicial probatoria las denuncias enumeradas.
Los detalles de los 3 documentos se detallan en los siguientes puntos.
I - Caso de Juan Bautista Britez Vera
En referencia al hecho enumerado nuestro organismo ha dirigido la presente Carta a los fines de notificarle al Dr. Fresneda las presentaciones efectuadas ante el Poder Legislativo al haber constatado - a través del acompañamiento y asistencia integral de nuestro organismo - a los integrantes de la Familia Britez que lo denunciado por sus propios integrantes representan claros hechos repudiables, irregulares y autoritarios por personal de la Dirección Nacional de Gestión de Políticas Reparatorias con respecto al retraso de 20 años de las Solicitudes de Beneficio Reparatorio de sus integrantes desaparecidos forzosos; y por el retraso e incumplimiento denunciado por miembros del organismo ya mencionado en referencia a las solicitudes de los Beneficios Extraordinarios: 25.914 y 24.043 efectuados por los integrantes de uno de los grupos familiares mas numerosos y mas castigados por la represión política del Terrorismo de Estaco y del "Operativo Cóndor" de la localidad de Quitillipi; Provincia de Chaco.
Nuestro organismo - luego de 20 años de retraso de la solicitud del beneficio reparatorio 24.411 por la Desaparición Forzada de Juan Bautista Britez Vera - se presento en 2012 a los fines de aportar; gracias al exhaustivo trabajo diario de nuestro organismo con los Organismos de Derechos Humanos del Chacho entre ellos el Registro Único de la Verdad; la Comisión Provincial de la Memoria de Chacho y la Regional H.I.J.O.S. de dicha provincia argentina; documentación perteneciente a la Brigada de Investigaciones de la Policía de la Provincia de Chaco sobre las privaciones ilegales de la libertad producidas por dicha fuerza a integrantes del mencionado Grupo Familiar.
La documentación perteneciente al año 1976 y que consta en las declaraciones bajo tortura de Modesto Mezza; Hipolito Britez, Santos Britez, Gregoria Britez y Lorenza Britez Vda. de Britez; y las actas de seguimiento de las Fuerzas de Seguridad - en la que plasma que las personas detenidas fueron secuestradas frente a sus hijos menores de edad - fue presentada por nuestro organismo ante la Unidad Ley 24.321 de la Secretaria de Derechos Humanos de la Nación en 2012 y gracias a nuestra intervención dicha Unidad puso declarar Ausente por Desaparición Forzada a Juan Bautista Britez Vera.
Los integrantes de la familia solicitaron en su conjunto el Beneficio Extraordinario 25.914 (Ley HIJOS) al ser menores de edad presentes al momento de los secuestros. Los mayores de edad solicitaron el Beneficio de la Ley 24.043 por Ex Detenidos Desaparecidos. Pese a los Pronto Despachos solicitados personal e institucionalmente en favor de sus integrantes; la Secretaria de Derechos Humanos de la Nación ha demorado cada uno de los expedientes al punto tal de los integrantes de su grupo familiar movilizarse desde Chaco - por presión de una funcionaria publica cuyo nombre se detalla en la presentación efectuada - a los fines de "conocerlos personalmente por no saber si eran ciertos los hechos denunciados". Absolutamente arbitrario represento ese hecho que se sumo al del maltrato sufrido por cada uno de los integrantes del grupo familiar al solicitar que dicha funcionaria les diera explicaciones de "porque ella decidia no enviar los expedientes al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con el informe que debia elaborar contemplando todas las circunstancias con exactitudes en favor del otorgamiento de los beneficios".
La funcionaria en cuestión; envió los expedientes sin detallar en Informes que los menores mencionados por las Fuerzas de Seguridad eran quienes cuyas identidades correspondían a las personas que solicitaron dicho beneficio. Es decir; en 1976 la Dictadura Militar cosifico a los menores acreditando su existencia al momento de los hechos denunciados; pero sin enumerarlos con nombre y apellido. Los menores en cuestión son los hoy adultos que solicitan en pleno derecho el beneficio ley.
La funcionaria le afirmo a Gregoria Britez - ex detenida - desaparecida - que "ella no podía asegurar que tales pibes eran esos chicos porque bien ella pudo tener 40 hijos". Gregoria Britez no tuvo 40 hijos. Tuvo 6 hijos que presenciaron los secuestros sufridos por su persona en 1976 y 1981. Bastaba con ver las partidas de nacimiento que coinciden con los hechos declarados por el propio personal genocida de las Fuerzas de Seguridad con ver que se trataban de las mismas personas.
Las mismas circunstancias se dieron en torno a la ex detenida Lorenza Britez quien tampoco tuvo 40 hijos. Tuvo 8 hijos. Todos menores de edad al momento del secuestro denunciado y probado en 1976. Bastaba solo con ver que dichos menores - mediante Partida de Nacimiento - eran los mismos que declaraba las propias Fuerzas de Seguridad en las actas de seguimiento y en los informes de las torturas para darse cuenta que los datos eran coincidentes; que se tratan de las mismas personas y que la Familia Britez no: "esta diciendo cualquier cosa".
La funcionaria tuvo dicho verdaderamente repudiable. Al punto tal que dos de los integrantes de la Familia Britez solicitaron que integrantes de nuestra organización los acompañaran para apreciar el maltrato de dicha funcionaria. En la carta presentada al Dr. Fresneda; nuestro organismo da cuenta en carácter de testigo del trato absolutamente deshumanizante realizado por dicha funcionaria.
La funcionaria sigue en su cargo. Los Beneficios siguen sin otorgarse.
Según un informe de la Defensoria de la Pueblo de la Nación, dicha funcionaria es hermana de la actual Directora Nacional de Gestión de Políticas Reparatorias.
Desde 2012 hasta la actualidad nuestro organismo ha presentado Pronto Despachos en conjunto a la Comisión Provincial por la Memoria de Chacho en favor de los integrantes de la Familia Britez cuya mayoría reside en situaciones de absoluta vulnerabilidad social; siendo algunos de sus integrantes portadores del Mal de Chagas y teniendo todos los solicitantes del beneficio mas de 3 menores a su cargo.
Nuestro organismo ha acompañado dos presentaciones efectuadas por el Grupo Familiar ante el Poder Legislativo a través del Defensor del Pueblo de la Nación y la Auditoria Nacional.
No dudamos en acompañar a la familia a las instancias necesarias para el otorgamiento de dichos beneficios. Comunicamos al Sr. Secretario acompañaremos a la familia en su deseo de instar a la acción judicial penal y federal correspondiente, de ser necesario.
II - Desaparición Forzada de Alejandro Miguel Martinez y Alicia Raquel D´Ambra
El escrito presentado por uno de nuestros integrantes; Adrian Martinez Moreira, sobre las irregularidades planteadas en torno a la desaparición forzada de dos de su tios; es doloroso, repudiable y lamentable.
Siendo Martinez Moreira, miembro de nuestro Consejo Directivo, el mismo solicito que se transcriba la carta completa del documento remitido al Secretario de Derechos Humanos de la Nación. El documento en si resumen el desinteres de algunos organismos dependientes de la Secretaria de Derechos Humanos en dejar asentado algunos hechos que asolaron su familia ya acreditados en instancias judicales federales penales y civiles nacionales de la Argentina.
Asi mismo se deja asentado en dicho documento la grave denuncia sobre el desempeño irregular del Centro Ulloa a la hora de brindar datos sobre las sesiones terapeuticas de las victimas a terceros e incluso a personas allegadas al represor Hector Jorge Lopez Quintana denunciado en 3 Juzgados Nacionales y Federales que en la actualidad lo imputan por los delitos de lesa humanidad a la espera de los procesamientos firmes.
III - Desaparición Forzada de Jorgelina Aquilina Avalos; Ana Maria Baravalle y Julio Cesar Galizzi. Testimonio de Adriana Lilia Calvo de Laborde.
Nuestro organismo remitió en el tercer documento las informaciones correspondientes sobre el accionar irregular de funcionarios de la Secretaria de Derechos Humanos que intentaron en determinados medios públicos, institucionales e incluso de redes sociales de desacreditar el Testimonio brindado en 1999 ante las Autoridades Alemanas por la sobreviviente y ex detenida Adriana Calvo con referencia a los casos arriba detallados.
Dichas declaraciones fueron ratificadas por la testigo e incorporadas en causas federales en tramite ante el Juzgado Nacional en lo Federal y Criminal N° 3 de San Martin; el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 7 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 2 de La Plata.
Los hechos insinuados como "falsos" pondrían en cuestionamiento las palabras de una sobrevivientes acreditados en reiterados Juicios de Lesa Humanidad y pondrían en duda los procesamientos a decenas de represores condenados por delitos de Lesa Humanidad.
Los hechos resultan de tal gravedad; que nuestro organismo informo instara junto a otros organismos a la instancia judicial penal para preservar lo que nunca antes se cuestiono y nunca se debio cuestionar.
Asi mismo se deja asentado en dicho documento la grave denuncia sobre el desempeño irregular del Centro Ulloa a la hora de brindar datos sobre las sesiones terapeuticas de las victimas a terceros e incluso a personas allegadas al represor Hector Jorge Lopez Quintana denunciado en 3 Juzgados Nacionales y Federales que en la actualidad lo imputan por los delitos de lesa humanidad a la espera de los procesamientos firmes.
III - Desaparición Forzada de Jorgelina Aquilina Avalos; Ana Maria Baravalle y Julio Cesar Galizzi. Testimonio de Adriana Lilia Calvo de Laborde.
Nuestro organismo remitió en el tercer documento las informaciones correspondientes sobre el accionar irregular de funcionarios de la Secretaria de Derechos Humanos que intentaron en determinados medios públicos, institucionales e incluso de redes sociales de desacreditar el Testimonio brindado en 1999 ante las Autoridades Alemanas por la sobreviviente y ex detenida Adriana Calvo con referencia a los casos arriba detallados.
Dichas declaraciones fueron ratificadas por la testigo e incorporadas en causas federales en tramite ante el Juzgado Nacional en lo Federal y Criminal N° 3 de San Martin; el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 7 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 2 de La Plata.
Los hechos insinuados como "falsos" pondrían en cuestionamiento las palabras de una sobrevivientes acreditados en reiterados Juicios de Lesa Humanidad y pondrían en duda los procesamientos a decenas de represores condenados por delitos de Lesa Humanidad.
Los hechos resultan de tal gravedad; que nuestro organismo informo instara junto a otros organismos a la instancia judicial penal para preservar lo que nunca antes se cuestiono y nunca se debio cuestionar.
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